La Titularidad Compartida tiene como objetivo paliar la situación de desigualdad e invisibilización del trabajo de las mujeres rurales en el sector agrario. En el campo se produce una evolución más lenta en cuanto a la equiparación de sexos en el trabajo, lo que provoca que el sector primario esté muy masculinizado en nuestro país. Más del 70% de los titulares de las explotaciones agrarias son hombres. El trabajo de la mujer en ellas siempre se ha considerado como una ayuda familiar, por lo que no tienen un reconocimiento jurídico y económico por su trabajo en la empresa agraria.
La Ley 35/2011 sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias entró en vigor para ofrecer una nueva definición de figura responsable en las explotaciones agrarias. Bajo este régimen, ambos miembros del matrimonio o pareja gestionan de manera conjunta la explotación. Comparten, por tanto, el trabajo y los derechos, cuotas, subvenciones y gestión de la misma. Esta ley persigue:
- Ayudar al asentamiento de la población rural.
- Visibilizar el trabajo de las mujeres en las explotaciones agrarias.
- Profesionalizar la actividad agraria de las mujeres.
- Fomentar la igualdad y mejorar la calidad de vida en el medio rural.
- Mejorar la participación femenina en las organizaciones agrarias.
Requisitos para inscribirse en Titularidad Compartida
Para poder inscribirse en el registro de explotaciones agrarias bajo el régimen de Titularidad Compartida, las personas titulares deben cumplir con unos requisitos:
- Estar dadas de alta en la Seguridad Social por cuenta ajena o como autónomos por su actividad agraria (RETA) o en el Sistema Especial de Trabajadores por cuenta propia agrarios (SETA).
- Ejercer la actividad agraria y trabajar en la misma de modo directo y personal.
- Residir en el ámbito territorial donde se encuentra la explotación agraria.
Aspectos clave de Titularidad Compartida
Para entender mejor lo que supone la Titularidad Compartida, vamos a explicar una serie de aspectos clave:
- La Titularidad Compartida es una entidad constituida como persona jurídica, pero carece de personalidad jurídica. Esto quiere decir que no puede actuar como sujeto de derechos y obligaciones. Se constituye como una agrupación de individuos o bienes que se someten a un mismo régimen jurídico pero cuyos derechos y obligaciones no son de titularidad del ente en el que se integran, sino de la suma de los individuos que lo componen.
- La administración de la explotación y de la entidad corresponde a ambas personas titulares por igual.
- La responsabilidad es directa, personal, solidaria e ilimitada de las dos personas titulares.
- Los beneficios generados por la explotación se reparten al 50 por ciento entre ambos titulares.
- Las personas titulares son beneficiarias directas de las ayudas y subvenciones que reciba la explotación.
- La propiedad de los bienes seguirá a nombre de quien la ostentase antes de constituirse en Titularidad Compartida. Por su parte, los bienes de la explotación se pondrán en beneficio de ella, y los resultados e ingresos se declararán bajo la Titularidad.
Beneficios de las explotaciones en Titularidad Compartida
Tanto la Política Agrícola Común (PAC) como el Programa Europeo de Desarrollo fomentan la titularidad compartida en las explotaciones agrarias. Por este motivo, cuentan con una serie de beneficios para ayudar a fomentar el reconocimiento del trabajo de la mujer rural:
- Beneficios en las deducciones y otras minoraciones de cuotas de la Seguridad Social.
- Trato prioritario en el acceso a las ayudas de los Programas de Desarrollo Rural de las Comunidades Autónomas. Las personas que soliciten las ayudas para jóvenes agricultores y modernización de explotaciones agrarias en Titularidad Compartida tendrán beneficios económicos y administrativos a la hora de beneficiarse de estas subvenciones. Recuerda que para poder solicitar las ayudas para jóvenes agricultores e inversiones en explotaciones debes contar con el certificado de capacitación profesional agraria. Obtén el tuyo gracias al curso de Incorporación a la Empresa Agraria de tu Comunidad Autónoma.
- Condiciones más favorables para que la explotación sea considerada prioritaria.
¿Quieres sabes más?
◘ Manual informativo sobre Titularidad Compartida de las explotaciones agrarias